La prohibición de exigir la Constancia de Situación Fiscal no es un cambio menor: redefine el modelo operativo del CFDI.
Nunca fue una obligación solicitarla; lo que siempre ha sido indispensable es que el receptor proporcione correctamente su régimen fiscal, uso del CFDI y código postal, sin los cuales no hay deducción ni, en algunos casos, emisión posible.
El problema surgió cuando esa necesidad operativa se convirtió, por error, en una exigencia formal indebida.
Desde 2026, el mensaje es claro: el emisor no puede condicionar, pero sí debe diseñar procesos que soliciten y validen los datos fiscales correctos.
Si el receptor no los proporciona o los entrega mal, la responsabilidad fiscal es suya, no del emisor.
Para un CFO, esto confirma que la facturación dejó de ser trámite: hoy es control interno, gobierno de datos y diseño de interacción digital, no intercambio de PDFs.
Esta disposición ya está en la ley: artículo 83 del Código Fiscal de la Federación, vigente a partir de enero de 2026, y cambia de fondo la forma en que se diseñan los procesos de facturación.
La pregunta para CFOs, directores y responsables de operación es inevitable:
- ¿Cómo están resolviendo hoy la obtención y validación de los datos fiscales sin condicionar ni depender de la constancia fiscal?
- ¿Automatización, portales de autoservicio, validaciones sistémicas, rediseño del front operativo?
Vale la pena abrir la conversación y compartir enfoques, porque aquí no se trata de cumplimiento teórico, sino de cómo se gobierna el dato fiscal en la operación real.

