CFDI 4.0

Publica SAT escenarios de cancelación de facturas electrónicas

A partir del 1 de enero de 2022 entrará en vigor el nuevo comprobante fiscal digital en su versión 4.0 y entre los procesos que sufren cambios directos se encuentra el de la cancelación de CFDIs.

Aunque la autoridad fiscal contempla un periodo de convivencia entre las versiones CFDI 3.3 y CFDI 4.0, este periodo no aplica para la cancelación de las facturas, es decir la nueva forma de cancelar entra en vigor el 1º de enero, por lo que es importante que el usuario cancele correctamente para evitar sanciones.

Los comprobantes fiscales digitales por internet sólo podrán cancelarse en el ejercicio en el que se expidan y siempre a favor de quien se expida.

Por lo tanto, las empresas que no cuentan con una administración robusta y/o PAC con experiencia como diverza, podrían ver afectada su operación.

Por tal motivo, hace unos días a través de su portal, el SAT publicó un documento de Preguntas Frecuentes y escenarios de cancelación conforme a la Reforma Fiscal 2022.

El cual puedes consultar completo aquí

https://www.sat.gob.mx/consultas/43074/actualizacion-factura-electronica—reforma-fiscal-2022-

En el documento el SAT incluye un catálogo de motivos que incluye:

01 Comprobante emitido con errores con relación

02 Comprobante emitido sin errores sin relación

03 No se llevo a cabo la operación

04 Operación normativa relacionada con la factura

Entre las preguntas y respuestas que publicó el SAT, se encuentran las siguientes:

1.-Si emití una factura o CFDI con la versión 3.3, al solicitar la cancelación ¿es necesario indicar el motivo de cancelación o sólo aplica para la versión 4.0?

A partir del 1 de enero de 2022 será requerido señalar el motivo por el cual se cancela el comprobante. Esto aplica a todas las versiones de la factura o CFDI.

2.- ¿En qué casos se deberá seleccionar como motivo de cancelación la opción “01” Comprobante emitido con errores con relación?

Este supuesto aplica cuando la factura generada contiene un error en la clave del producto, valor unitario, descuento o cualquier otro dato, por lo que se debe reexpedir. En este caso, primero se sustituye la factura y cuando se solicita la cancelación, se incorpora el folio de la factura que sustituye a la cancelada.

3.- ¿En qué casos se deberá seleccionar como motivo de cancelación la opción “02” Comprobante emitido con errores sin relación?

Este supuesto aplica cuando la factura generada contiene un error en la clave del producto, valor unitario, descuento o cualquier otro dato y no se requiera relacionar con otra factura generada.

4.- ¿En qué casos se deberá seleccionar como motivo de cancelación la opción “03” No se llevó a cabo la operación?

Este supuesto aplica cuando se facturó una operación que no se concreta.

5.- ¿En qué casos se deberá seleccionar como motivo de cancelación la opción “04 ” Operación nominativa relacionada en la factura global?

Este supuesto aplica cuando se incluye una venta en la factura global de operaciones con el público en general y posterior a ello, el cliente solicita su factura nominativa, lo que conlleva a cancelar la factura global y reexpedirla, así como generar la factura nominativa al cliente.

6.-Emití una factura, pero mi cliente me pide cancelarla por errores en la descripción, ¿cómo debo realizar la cancelación de dicho comprobante?

Al momento de realizar la solicitud de cancelación, sigue estos pasos:

Deberás emitir el comprobante que contiene los datos correctos y registrar la clave “04” (Sustitución de los CFDI previos) relacionando el folio fiscal del comprobante que se sustituye.

Podrás realizar la solicitud de cancelación ingresando a sat.gob.mx, en el servicio Cancela y recupera tus facturas, o bien, a través de los servicios de un PAC (Proveedor de Certificación Autorizado).

Al registrar la solicitud de cancelación deberás seleccionar la opción “01” Comprobante emitido con errores con relación e incluir el folio fiscal del comprobante emitido en el paso 1.

Al enviar tu solicitud de cancelación se validará si se requiere la aceptación del receptor para llevar a cabo la cancelación.

7.- En caso de que se haya emitido una factura de una venta o de la prestación de un servicio el cual no se llevó a cabo, ¿Qué motivo de cancelación se deberá señalar en la solicitud de cancelación correspondiente?

El emisor de la factura deberá registrar la clave “03” No se llevó a cabo la operación en el apartado Motivo de cancelación.

8.- Emití una factura con error en el RFC de mi cliente, la cual aún no ha sido entregada al mismo, ¿para cancelarla tendré que relacionarla primero a la factura que la sustituye?

Se podrá realizar la solicitud de cancelación registrando en el apartado motivo de cancelación, la clave “02” Comprobante emitido con errores sin relación.

Posteriormente se deberá emitir el comprobante fiscal con los datos correctos y registrar la clave “04” (Sustitución de las facturas o CFDI previos) relacionando el folio fiscal del comprobante que se sustituye.

9.- Mi cliente me solicita la factura de un producto que se encuentra relacionado en la factura global emitida por las operaciones con el público en general del periodo mensual, ¿qué debo hacer para emitir el comprobante solicitado?

El emisor deberá solicitar la cancelación de la factura global y registrar como motivo de cancelación la clave “04” Operación nominativa relacionada en la factura global.

Posteriormente se deberá emitir el comprobante fiscal global sin considerar el comprobante de operaciones con el público en general de la operación que se factura de manera nominativa.

Por último, se deberá generar la factura nominativa solicitada por el cliente.