6 pasos para que puedas elegir un PAC

La Reforma Fiscal trajo consigo muchos cambios en algunos casos adiciona en otros deroga diversas disposiciones en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Ley del Impuesto sobre Producción y Servicios, Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, Código Fiscal de la Federación, entre otros ordenamientos.

Por esa razón las empresas necesitan contar con un aliado que las ayude a cumplir con sus requerimientos fiscales.

Actualmente existen muchas empresas que ofrecen el sistema de Facturación Electrónica y como cualquier proveedor de servicios es preciso considerar varios elementos antes de contratar de decidirse a contratar a alguno.

Aquí te presentamos 6 pasos para que puedas elegir un PAC

Primer paso: Verificar en el portal del SAT que se trate de un Proveedor Autorizado de Certificación y que cuente con todas las actualizaciones y los complementos necesarios.

Segundo Paso: Busca el logotipo oficial y valida que el nombre comercial de la empresa y su razón social correspondan a los publicados. Firma contrato de prestación de servicios con el proveedor.

Tercer paso: La experiencia que tenga en el mercado investiga el tiempo que llevan en el mercado, como han participado en la evolución de la factura electrónica en México y sobre todo si cuentan con la tecnología para hacer frente a todos los cambios fiscales.

Cuarto Paso: Además de la certificación que tenga como Proveedor Autorizado de Certificación, existen más certificaciones con las que los proveedores pueden contar, investiga cuáles tiene tu proveedor favorito y compara. Exige niveles de servicio y que éstos queden estipulados en el contrato.

Quinto paso: Verifica que tu proveedor cuente con una oficina física y tenga varios medios de comunicación para que puedas resolver tus dudas.

Sexto Paso: En caso de incumplimiento presenta tu queja o denuncia en contra del Proveedor a través de la opción de Mi portal del SAT.

¿Qué es un PAC?

Los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) son personas morales que el Servicio de Administración Tributaria(SAT) autorizó para procesar y generar comprobantes fiscales de otros contribuyentes.

La principal actividad de un PAC es revisar cómo se encuentra integrado el archivo XML, validar toda la información que contienen y asegurarse de que cumple los estándares estipulados por el SAT. También deben cumplir con una serie de requisitos tecnológicos y algunos trámites ante la autoridad fiscal.

Una vez que se han hecho todas las validaciones, el PAC timbra el archivo, con lo que se convierte en un Comprobante Fiscal Digital por  Internet (CFDI) en forma, y envía una copia de este a la autoridad tributaria.

Recuerda que los servicios complementarios o relacionados que ofrecen los Proveedores de Certificación de Factura o terceras empresas, tales como la generación, almacenamiento o procesamiento de tus facturas, no son regulados por el SAT; sin embargo se sugiere que dichos servicios se presten al amparo de un contrato que establezca claramente las responsabilidades de los prestadores de servicios, conforme a las disposiciones civiles o mercantiles.

¿Y si pierden su autorización?

El órgano fiscal contempla las siguientes causas para la revocación de la autorización para operar como proveedor:

Si se gravan, ceden o transmiten parcial o totalmente los derechos derivados de la autorización.

Si incumple con las obligaciones impuestas por el SAT.

Si se declaran en quiebra.

Cuando el proveedor proporcione información falsa relacionada con los requisitos que pide el SAT para otorgar la autorización.

En caso de recibir tres o más amonestaciones por incumplimiento con sus obligaciones.

Si al certificar alguna factura electrónica se detecta que no fueron validados correctamente.

Si la Administración Central de Gestión de Servicios y Trámites con Medios Electrónicos detecta alguno de estos incumplimientos, notificará al PAC para que haga la aclaración pertinente, en caso de que no sea así, la autorización podría ser revocada.

¿Qué hago si ya no está autorizado?

Si se le revoco la autorización a tu proveedor, este cuenta con un periodo de 30 días naturales en los que todavía puede prestar el servicio de timbrado de facturación electrónica, pero está obligado a publicar en un lugar visible en su página de internet, una leyenda en la que se informa a los usuarios cuándo vence el periodo de transición que le fue otorgado por el SAT.

Y puedes empezar a buscar otro PAC ( Proveedor Autorizado de Certificación), que se encuentre en la lista autorizada del SAT.

En diverza no solo atendemos la emisión de facturas por tus ventas, sino la recepción y validación de comprobantes de tus proveedores, su almacenamiento y su descarga, su impresión, conciliación, pago y otros procesos. Todo en un mismo sitio.

Además tenemos una infraestructura robusta y segura y un equipo de trabajo con un alto grado de espíritu de servicio.

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