El SAT se pone exigente con las responsabilidades de los PACs

En los últimos 5 meses el SAT ha revocado el permiso a 10 empresas que fungen como Proveedor Autorizado de Certificación (PAC), por lo que es importante que verifiques si tu proveedor tiene su certificación vigente.

Como sabrás los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) son personas morales a las que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) otorgó el permiso para procesar y generar comprobantes fiscales de otros contribuyentes.

La principal actividad de un PAC es asegurar que la información de un comprobante fiscal está correctamente integrada en un archivo XML, validar que los datos contenidos cumplen con los estándares definidos por el SAT.

Una vez que se han hecho todas las validaciones, el PAC timbra el archivo, con lo que se convierte en un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), y envía una copia de este a la autoridad tributaria.

Por lo tanto es muy importante que verifiques si tu PAC tiene el permiso vigente o está en la lista de PACs que se encuentran en un periodo de transición por haber sido revocados. Aquí te compartimos el link

http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/proveedores_revocados.htm

¿Cómo saber si tu PAC tiene el servicio vigente?

El SAT cuenta con un servicio que te permite revisar si tus facturas son timbradas con alguno de los RFCs que tienen el permiso revocado.

Aquí te explicamos cómo puedes verificar tus facturas y tener la certeza de que se encuentran registradas con los controles del SAT.

Pasos

Primer Paso: Entra a  https://verificacfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx/

Esta liga permite la validación de las facturas recibidas y emitidas. No necesitas autenticarte para utilizar la herramienta de validación.

Segundo Paso:  Captura Folio Fiscal, RFC de quién generó la factura, RFC de quién la recibió, los dígitos de la imagen y da clic en el botón “Verificar CFDI”.

Tercer Paso: Visualiza el resultado de la validación; si es positivo, tienes la posibilidad de imprimirlo.

De no encontrarse, se indicará mediante el mensaje: El comprobante no se encuentra registrado en los controles del Servicio de Administración Tributaria.

Recuerda

Las impresiones de las facturas deben cumplir con los siguientes requisitos:

1. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien lo expida.

2. Régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR.

3. Sí se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan las Facturas Electrónicas.

4. Contener el número de folio asignado por el SAT y el sello digital del SAT.

5. Sello digital del contribuyente que lo expide.

6. Lugar y fecha de expedición.

7. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida.

8. Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes, mercancías o descripción del servicio o del uso y goce que amparen.

9. Valor unitario consignado en número.

10. Importe total señalado en número o en letra.

11. Señalamiento expreso cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición o en parcialidades.

12. Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.

13. Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheque nominativo o tarjetas de débito, de crédito, de servicio o la denominada monedero electrónico que autorice el Servicio de Administración Tributaria). 

14. Número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.

Además de los requisitos contenidos en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente:

a) Código de barras generado conforme al rubro I.E del Anexo 20.

b) Número de serie del CSD del emisor y del SAT.

c) La leyenda “Este documento es una representación impresa de un CFDI”.

d) Fecha y hora de emisión y de certificación de la Factura en adición a lo señalado en el artículo 29-A, fracción III del CFF.

e) Cadena original del complemento de certificación digital del SAT.

Fundamento Legal

Código Fiscal de la Federación, artículos 29 y 29-A.

Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.7.1.4. y 2.7.1.7.